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Artículo 85.- Además de lo señalado en el artículo 81 de la presente Ley, los fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:

I.- El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al Fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario.


Se entenderá por Fideicomiso el contrato o negocio jurídico por medio del cual una persona física o moral denominada fideicomitente, transmite y destina determinado patrimonio (bienes o derechos) a una institución fiduciaria, encomendándole la realización de fines determinados y lícitos en beneficio de una tercera persona o en su propio beneficio.
 
Dependencia(s): Fideicomiso Fondos San Quintín de la Secretaría de Desarrollo Económico de San Quintín

II.- La unidad administrativa responsable del fideicomiso.


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III.- El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban.


III-1 Monto total, uso y destino del patrimonio fideicomitido

III-2 Uso y/o destino final de los recursos fideicomitidos

 

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IV.- El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables.
 

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V.- Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público.

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VI.- El padrón de beneficiarios, en su caso.


VI-1 Padrón de beneficiarios de fondos públicos

VI-2 Padrón de beneficiarios de fideicomisos

 

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VII.- Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto.


VII-1 Recursos financieros utilizados para la creación

VII-2 Proceso de extinción del fideicomiso o fondo público

VII-3 Recursos financieros a la fecha de extinción

VII-4 Proceso de creación del fideicomiso o fondo público

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VIII.- Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.


VIII-1 Honorarios derivados de los servicios y operaciones

VIII-2 Los contratos de obras, adquisiciones y servicios

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